SUPERVISIÓN 21

ISSN 1886-5895 | NO APC

Vol. 80 Núm. 80 (2026): ABRIL 2026
DOCUMENTA

LÍMITES REGLAMENTARIOS Y FUNCIONES DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA EN EL RD 68/2026

Jesús Miguel de los Santos Alonso Rodríguez
Inspector de Educación. Canarias.

Publicado 2026-04-30

Palabras clave

  • 580606 Legislación educativa; 580601 Política educativa; 580607 Inspección de la educación; 340101 Derecho constitucional; 580602 Administración de la educación
  • 580606 Educational legislation; 580601 Educational policy; 580607 Educational inspection; 340101 Constitutional law; 580602 Educational administration.

Cómo citar

de los Santos Alonso Rodríguez, J. M. (2026). LÍMITES REGLAMENTARIOS Y FUNCIONES DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA EN EL RD 68/2026. Supervisión 21, 80(80). https://doi.org/10.52149/Sp21/80.7

Resumen

El presente artículo examina si el artículo 6 del Real Decreto 68/2026, de 4 de febrero, por el que se regula la inspección educativa, excede los límites del desarrollo reglamentario al introducir funciones no previstas en el artículo 151 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE). Punto de partida determinante: la Disposición Final 7.ª de la LOE otorga carácter orgánico al artículo 151, situando el debate en el ámbito de la reserva de ley orgánica del artículo 81 CE. Se identifica como innovación reglamentaria sin cobertura orgánica la reintroducción de una cláusula residual abierta en materia de funciones, suprimida deliberadamente por la LOMLOE del artículo 151 LOE y conservada únicamente en el artículo 153 para las atribuciones. Se examina el Dictamen 1100/2025 del Consejo de Estado, que no se pronunció sobre la compatibilidad de este precepto con el artículo 151 LOE. Se concluye que el artículo 6.j) del Real Decreto incurre en nulidad de pleno derecho ex artículo 47.2 de la Ley 39/2015, y se analiza la vía del recurso directo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo como mecanismo de impugnación con efectos erga omnes.