APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS MATERIALES DE LA POTESTAD SANCIONADORA EN LA INSTRUCCIÓN DE PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS A FUNCIONARIOS DOCENTES.
Publicado 2025-07-31
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Derechos de autor 2025 María Cinta de Vargas Cascales

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Resumen
La potestad punitiva de la Administración, a través del procedimiento disciplinario sancionador, supone la voluntad de los poderes públicos para preservar el correcto funcionamiento de sus servicios, la confianza del administrado en que se van a proteger sus intereses y la tutela de los derechos humanos fundamentales. El principio de legalidad es esencial para adecuar la sanción a las circunstancias concurrentes atendiendo al daño al interés público.
La atención a los principios materiales que rigen la potestad sancionadora supone la aplicación de un criterio de razonabilidad al concepto teleológico que da sentido a un procedimiento instructor sancionador y contribuye a proteger los bienes jurídicos de la Administración.
El procedimiento disciplinario sancionador está sometido a los principios de derecho materiales de legalidad, tipicidad, antijuricidad, culpabilidad y punibilidad. Otro de los principios de derecho es la imposibilidad de sancionar a un ciudadano dos veces por lo mismo si existe identidad de sujeto, hecho y fundamento jurídico.